Asociación de Padres Alejados de sus hijos

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PADRES SEPARADOS: CUANDO UNO OBSTACULIZA

LA RELACIÓN DEL OTRO CON EL HIJO

Experiencia y literatura local y extranjera

 

por Eduardo José Cárdenas y Marta Albarracín

 

1.                 Enfoques sobre la separación y el divorcio

 

Ha transcurrido medio siglo desde que la separación y el divorcio de los esposos comenzaron a vivirse masivamente y a estudiarse. Tiempo suficiente para que los enfoques ideológicos, las expectativas y las conductas hayan variado, al menos parcialmente.

Comencemos por aceptar, nos guste o no, que, sociológicamente,  ha surgido un tipo de matrimonio que admite la posibilidad de ruptura. Antes, quien se separaba o divorciaba transgredía el orden del universo y ponía en peligro la base del entramado social. Consecuentemente, había que buscar al culpable de la traición y castigarlo. La sociedad estaba fuertemente interesada en esa sanción, para evitar que se repitiesen los actos que atentaban contra su célula básica: la familia nuclear.

Hoy en día,  la sociedad en su conjunto advierte que casi la mitad de los matrimonios que la integran se separan, aunque tengan hijos. Los recursos para asegurar la paz social y para transmitir la vida y la cultura no deberían confiarse ya exclusivamente a las familias nucleares. La presión para que el matrimonio continúe hasta la muerte ha disminuido, y esto, unido a la crisis de la fe religiosa, permite considerar ahora la separación y el divorcio como una crisis que puede dar lugar a que la misma familia cobre una organización diferente.

No queremos con esto minimizar el fracaso que una separación conyugal significa. El recinto de crecimiento más saludable para adultos, niños y adolescentes sigue siendo el de la familia formada por una pareja conyugal y parental estable y feliz. Es más, la separación y el divorcio son siempre algo intensamente doloroso para los adultos y dramático para los hijos. Por eso la primera tarea de prevención en salud mental es la de ayudar a las personas a elegir su pareja y a hacerlas resistentes a las crisis que pueden destruirla.

Pero lo cierto es que un 40% de los matrimonios hoy en día se separan y que es imprescindible ayudarlos a hacerlo de la manera más constructiva posible, sobre todo si tienen hijos. Para ello se visualizó que la familia del divorcio implicaba una organización diferente de la nuclear. Comenzó por ser pensada (y todavía en parte se la considera) como una especie de familia nuclear de segunda categoría. Se la llamaba “familia incompleta”. La familia conservaba un núcleo, generalmente en el lugar donde vivía la madre con sus hijos. El padre no tenía un lugar “oficial”, pero iba de “visita” a ver a sus hijos, seguía proveyendo (al menos teóricamente) con los “alimentos” y “controlaba” la educación que la madre daba. Esta organización es la que prescribe todavía hoy nuestro Código Civil para la familia de padres separados (merced a la reforma de 1985).

El resultado no fue positivo: los padres varones abandonaban el lugar periférico que les era asignado por la ley y la cultura; el 70% de los hijos (al menos en las estadísticas realizadas en los Estados Unidos de América) quedaba sin su padre varón y tenía por esto más dificultades que las comunes en su crecimiento; las madres resultaban sobrecargadas por la crianza solitaria y los niños abrumados por las responsabilidades emocionales (cuando no económicas) que se les asignaba, desproporcionadas para su edad.

Este cuadro poco alentador de la llamada “familia incompleta” exigía un cambio de paradigma y lo obtuvo cuando los padres separados y los expertos comenzaron a diseñar lo que hoy conocemos como “familia binuclear”. Una familia en donde los hijos tienen dos hogares: el de la madre y el del padre, donde cohabitan con cada uno de sus dos progenitores. Ambos se corresponsabilizan de la crianza y la educación de sus hijos mediante acuerdos y un razonable reparto de responsabilidades y de cargas. Esto es lo que inadecuadamente se llama “tenencia compartida” (en realidad se la debería llamar “patria potestad compartida”, ya que no tiene que ver con la partición al medio del tiempo de cohabitación del hijo con los padres, sino con la asunción conjunta de responsabilidad en su crianza y educación).

Los resultados del nuevo paradigma posibilitan que el padre varón ocupe una posición central y asuma sus cargas con entusiasmo, ya que los éxitos y fracasos del hijo le pertenecen a él tanto como a la madre; las madres pueden llevar una vida menos abrumada y dedicarse más a su crecimiento personal, lo que favorece el oportuno desarrollo de los hijos; los hijos pueden crecer con más protección y libertad merced a los acuerdos entre los padres, que los eximen de celebrar alianzas con uno de ellos.

A pesar de la mejora que esto significa, separaciones y divorcios siguen siendo dramáticos y los hijos de padres separados siguen teniendo más dificultades que los otros, según informan las estadísticas y la experiencia profesional.

Atribuimos estas dificultades extraordinarias a que el divorcio de los padres fue destructivo. Así lo sugieren estudios actuales, que encuentran que los síntomas de los hijos se deben más a la discordia parental posdivorcio que al divorcio en sí mismo. La desarmonía en la pareja de padres incide, por ejemplo, en un mayor índice de depresión en los hijos, por considerarse en ese caso poco valiosos como para que los padres resuelvan sus diferencias en su beneficio. La depresión en niños y adolescentes se manifiesta como rebeldía y fracaso académico, dos de los problemas más frecuentes en los hijos de parejas conflictivas. Esta conclusión señala una línea de trabajo ( ayudar a las parejas a divorciarse mejor), que aumentaría la probabilidad de los hijos de desarrollarse sin más obstáculos que los normales. En resumen:

§         La primera tarea preventiva es ayudar a las personas a construir matrimonios estables y felices, la segunda es ayudarlas a no rendirse frente a las dificultades que inevitablemente enfrentarán y a que las superen sin separarse, y la última es ayudarlas a separarse adecuadamente, cuando esto es inevitable.

§         Dentro de esta última tarea se inscribe la de dar una organización binuclear a la familia. Y aunque la nueva cultura del divorcio (familia de padres separados = familia binuclear) ya se encuentra en plena  expansión, todavía quedan problemas que afligen a los padres, a los hijos y a los expertos.

§         Uno de ellos, entre los más graves, es la actitud de uno de los progenitores, cuando obstaculiza o impide el acceso del otro a sus hijos. Sobre este tema se centra este trabajo.

 

2.                Motivos explícitos y causas ocultas por las cuales usualmente un hombre/mujer separado/a obstaculiza sin razón el acceso del otro progenitor a los hijos

 

En muchos casos el intento de bloquear el acceso de un progenitor al hijo está basado en hechos reales e importantes. A veces uno de los progenitores daña a sus hijos, los maltrata física o psíquicamente, abusa de ellos sexualmente o se comporta con grave negligencia a su respecto, poniéndolos en riesgo. El objetivo de este trabajo no tiene relación con estos casos, si bien una de las tareas más importantes y difíciles de los operadores es diferenciarlos de las falsas alegaciones.

Veamos cuáles pueden ser los motivos alegados y los verdaderos que llevan a un progenitor a obstaculizar, sin razón suficiente, el acceso del otro a los hijos. Es diferente según sea el progenitor obstruccionista el padre o la madre.

 

A. Cuando la obstrucción es hecha por el hombre

Cuando es el padre quien intenta obstruir o impedir la relación de la madre con sus hijos, sus alegaciones frecuentemente tienen que ver con:

§         La supuesta perturbación mental de la mujer. Aduce que ella está mentalmente enferma y no quiere tratarse, y que esto pone en riesgo a sus hijos. Se trata a menudo de relaciones en que la mujer ha soportado largamente la violencia física y/o psicológica del hombre, y a este fin ha tenido que adaptar su conducta. A veces algún médico psiquiatra (desconociendo o minimizando el problema de la violencia) le ha recetado tranquilizantes o antidepresivos (de hecho está demostrado que sufren depresión más mujeres que hombres). Cuando la mujer decide separarse el hombre la califica de “loca” y confirma esta calificación cuando la mujer deja el tratamiento psiquiátrico que le servía para adaptarse a la situación de violencia.

§         El pretendido desenfreno sexual de la mujer. Se trata usualmente de mujeres que logran liberarse de relaciones en que han sido violentadas física y/o psicológicamente. El hombre piensa y dice que lo que ella está buscando tiene que ver con su desenfreno sexual. Esto se ratifica y confirma si la mujer entra en una relación concreta con otro hombre. Se trata entonces, a los ojos masculinos, de una mujer promiscua que constituye un mal ejemplo para los hijos, cuando no los pone en riesgo por la clase de hombres que ella frecuenta. Si la madre forma nueva pareja, esta acusación se transforma en que la presencia de ese hombre en el hogar es “nociva” y por lo tanto los hijos la rechazan.

§         La supuesta negligencia de la mujer con sus hijos. El hombre alega que no los atiende como debiera o que los maltrata física o psíquicamente. A menudo estas mujeres han sido tratadas como niñas a las que el hombre debe educar y reprimir, y calificadas como incompetentes que no saben criar a sus hijos si no están permanentemente controladas y autoritariamente guiadas. Al padre varón le parece imposible que se ocupen bien de los hijos si él no está presente en el hogar.

El trasfondo real de estas falsas acusaciones es, como fácilmente puede verse, el machismo herido del varón. En muchas zonas del interior de nuestro país, por este motivo, la actitud obstruccionista proviene más de padres que de madres. Es frecuente que haya sido la mujer quien tomó la iniciativa de separarse, o la que motivó la reacción del hombre con actos de infidelidad (en 70% de las veces son las mujeres las que toman la decisión de separarse, según nuestros estudios y los de otros países). A veces la salida de la mujer es un escape a una situación de violencia prolongada, física o psicológica. Y el varón intenta cobrarse esa factura privándola de sus hijos. Muchas de las mujeres acusadas de “abandonar” a sus hijos en realidad huyeron de la casa y no pudieron volver a verlos por amenazas a su integridad.

Es por eso que en estos casos a menudo los hijos conviven con el padre, que se queda en el ex hogar conyugal. En ocasiones ellos adhieren al discurso paterno (“desde que mamá anda con otro, ya no es mi madre”). Esto sucede especialmente con los hijos varones, pero a veces también con las hijas mujeres. Éstos llegan a negarse a ver a su madre, si ella no vuelve al hogar. De esto trata el punto C siguiente.

Cuando en este tipo de familia, los hijos quedan conviviendo con la madre, el problema suele no ser tan grave. Ella no dificulta el acceso de los hijos al padre. Simplemente éstos se encuentran en medio de la tormenta y esta situación les resulta difícil.

Sin embargo, aun en estos supuestos, pueden darse también situaciones graves. Se trata de los casos en que los hijos quedan con la madre, pero su misión es observarla, controlarla y descalificarla en nombre del padre. Aliados con el padre e imbuidos de su ideología machista, no obedecen ni respetan a la madre.  A veces la madre termina por entregar los hijos al padre, imposibilitada de ejercer la autoridad frente a la coalición de éstos con el progenitor varón. En ocasiones ni siquiera se atreve a hacer este gesto, para no ser aún más descalificada como madre, o el hombre no quiere recibir los chicos: en estas condiciones, la vida en el hogar materno se torna de una violencia insoportable.

La actitud del padre puede terminar involucrando al hijo o a la hija, quien se transforma en activo co-denunciante de una supuesta inconducta materna. Esto se tratará en el apartado C siguiente.

Más abajo trataremos el abordaje de todos estos casos. Sólo adelantaremos que la situación empeora si se interviene consciente o inconscientemente desde una ideología sexista, que “oficializa” que la mujer es una mala madre. Y empeora aun más si esta ideología la tiene el primer operador (juez, abogado, psicólogo, etc.).

 

B. Cuando las falsas alegaciones son hechas por la mujer

En estos supuestos, la mujer desarrolla habitualmente diversos discursos para convencer de que es peligroso para el hijo estar con el padre:

§         El alcoholismo, el consumo de drogas y las malas compañías del padre forman parte de un repertorio que en algunos casos tiene algo de cierto, pero que no es la base del problema. Si advierte estas conductas durante la convivencia, la mujer suele instar al hombre a buscar ayuda. Pero una vez separados tiende a verlas como insolubles y a impedir de modo definitivo el contacto padre-hijos.

§         Otro grupo de acusaciones inconsistentes o fruto de la exageración son aquéllas relacionadas con el incumplimiento del padre con sus deberes: el no pago de la cuota alimentaria o el hecho de dejar a su hijo en manos de terceros durante sus horarios de visita.

§         Hay un último grupo de casos en los cuales la madre acusa abiertamente al padre de maltrato físico o psíquico y/o abuso sexual con respecto al niño o a la niña. Naturalmente que la acusación puede ser verdadera y si se comprueba debe dar lugar a las correspondientes medidas de protección del menor y sanción del acusado. Reiteramos que estamos hablando aquí de los casos en que la acusación es falsa. Éstos son graves, porque o bien la madre está actuando con malicia o con una grave perturbación (Cárdenas, 2000).

El trasfondo real de estas acusaciones (que en muchas ocasiones, repetimos, son ciertas en parte, pero insuficientes para explicar y sustentar la posición materna) es a veces el temor de la madre a perder a su hijo, vista la buena relación que éste mantiene con su padre. Si bien lo normal es que los niños pequeños tengan una relación más estrecha con la madre que con el padre, a veces ocurre al revés y la separación conyugal sume a la madre en el temor de perder al hijo.

La popularización de la mal llamada “tenencia compartida” y el creciente entusiasmo de los padres varones separados por compartir su vida con sus hijos alarma aún más a muchas madres, que temen perder su tenencia y quedar marginadas en una sociedad que aun atribuye moralmente a la mujer la tarea de crianza y de educación de la prole. Por eso en la ciudad de Buenos Aires, por ejemplo, es por lo general la madre la que adopta una actitud obstruccionista.

En ocasiones este temor se agiganta si la mujer no tiene suficiente autoestima o si en el fondo tiene la sensación (generalmente no declarada) de que es una mala madre. Casi siempre es una buena madre, pero nadie la confirmó en ese rol: ni su propia madre, con quien a menudo se lleva muy mal, ni mucho menos el ex marido.

La alarma de la que hablamos crece también cuando la madre teme que su hijo sea captado por la nueva mujer del padre (que quizá sea simpática o atractiva para el hijo). Este miedo es un sentimiento muy generalizado y harto comprensible.

Otro grupo de casos está estimulado por las facturas que la madre se siente con derecho a cobrar al padre. Éste puede haber cometido adulterio (a veces real, a veces sólo en la fantasía de su ex esposa), o haberla maltratado física y/o psíquicamente. También este resentimiento es normal. Muchas veces influye lo que Judith Wallerstein llama “el síndrome de Medea”, esto es, el deseo de venganza de una mujer traicionada y despreciada por su marido, que no vacila en sacrificar a sus hijos para dañar al otro. [2] La rabia incrementa el poder de estas mujeres y el tiempo durante el cual logran alejar al padre de los hijos juega a su favor. En ocasiones ellas siguen emocionalmente involucradas con su ex pareja, e incluso pueden mantener relaciones sexuales con ella durante la pelea.

Cuando la madre acusa falsamente al padre de maltrato físico o psíquico y/o abuso sexual sucede en algunas ocasiones, lamentablemente, que la forma que la madre tiene de ver las cosas es fruto de que su mente ha sido captada o severamente presionada o sesgada por insinuaciones hechas por un profesional del derecho o la salud mental que con sus preguntas o aseveraciones ha sembrado y alimentado dudas que pronto se han transformado en falsas certezas. A veces el profesional se transforma en cómplice de la madre, en una actitud sectaria de corte feminista. (Las normas para evaluar este tipo de denuncias prescriben que se indague si la madre o el niño han sido expuestos a campañas de prevención recientemente, o si asisten a grupos de autoayuda que puedan alentar sospechas de esta índole.)

La actitud de la madre puede terminar involucrando al hijo o a la hija, quien se transforma en activo co-denunciante de una supuesta inconducta o abuso paterno. Este punto se tratará en el punto C que sigue.

Más adelante hablaremos del abordaje de todos estos casos. Por ahora sólo cabe adelantar que la situación empeora si se interviene consciente o inconscientemente desde una ideología feminista, y empeora aun más si esta ideología la tiene el primer operador (juez, abogado, psicólogo, etc.), quien puede “oficializar” la sospecha.

 

C. Cuando las falsas alegaciones son sostenidas también por el hijo, como actor pseudo-independiente

Existen casos en que la obstaculización del contacto entre un progenitor y el hijo se basa en una campaña de denigración contra ese padre, que está a cargo del progenitor alienante y del hijo. Se basa en razones débiles, absurdas o frívolas, y ni el padre alienante ni el hijo encuentran cosas buenas en el progenitor al que pretenden alejar del hijo. Éste, a su vez, juega a ser el “pensador independiente”: aduce que no está influido por el padre alienante, aunque éste es su soporte reflexivo, dado que el hijo utiliza ideas, palabras y gestos del progenitor alienante. Ambos actúan con total ausencia de sentimiento de culpa por la crueldad o la explotación desarrollada sobre el padre alejado de su hijo. Y muchas veces la animosidad se extiende a los amigos o a la familia extensa del padre alejado.

Que nosotros sepamos, en la literatura el primero en describir este fenómeno, al que llamó “síndrome de alienación parental”, fue Richard Gardner, alrededor de 1985. Gardner es un médico psiquiatra y terapeuta, experto en divorcio, que ha intervenido en cientos de casos como experto ante los tribunales y en otros tantos como terapeuta. Es también profesor de psiquiatría infantil en la Universidad de Columbia y su producción bibliográfica es muy extensa.

Últimamente Gardner ha emprendido una tarea de esclarecimiento con respecto al abuso sexual infantil, lo que ha puesto en crisis los mitos erigidos por los sectores feministas en derredor del tema. Esto le ha costado una campaña de desprestigio iniciada por esos sectores, que son muy poderosos, y continuada por otros que ignoran el estado “político” de la cuestión.

Resumimos el pensamiento de Gardner  sobre lo que él llama “síndrome de alienación parental” por la importancia que tiene en esta materia, aunque como se verá más adelante no estamos de acuerdo con él en muchas cosas.

Gardner define el cuadro como un desorden mental que surge primariamente en el contexto de una disputa por la tenencia de un hijo. Esto merece una observación: en los Estados Unidos de Norteamérica, donde reside y trabaja Richard Gardner, los litigios de esa naturaleza son mucho más comunes que en nuestro país. Podemos suponer fundadamente que entre nosotros Gardner diría que el cuadro se da en el contexto de un divorcio destructivo. Se define este último como el que tiende a destruir vínculos dentro del sistema familiar (Albarracín y Berjman, 1991).

La manifestación primordial del cuadro, según Gardner, es la campaña de denigración que un hijo hace de un padre; una campaña sin justificación. Resulta de la combinación de adoctrinamientos hechos por el otro progenitor destinados a la programación (“lavado de cerebro”) del hijo, y de la propia contribución del hijo a la descalificación del padre elegido como víctima. La simple obstaculización del contacto del otro progenitor con el hijo no basta para constituir el cuadro. Y por supuesto que cuando hay verdadero abuso o negligencia en el padre con respecto al hijo, la animosidad de éste contra su padre puede ser justificada: en este caso no es aplicable el “síndrome de alienación parental” para explicar la hostilidad del hijo (Gardner, 1998, p. XX).

El cuadro, según Gardner, es un síndrome que no se encuentra todavía incluido en el DSM IV, aunque se lo puede definir como una combinación de histeria, paranoia y psicopatía (Gardner, 1998, cap. 3). Incluye un conjunto de síntomas que, en los casos moderados y severos aparecen en su casi totalidad o totalmente en el hijo alejado de su padre, y son los siguientes:

1.                                        Una campaña de denigración contra el padre alejado de su hijo, a cargo del progenitor alienante y del hijo.

2.                                        Razones débiles, absurdas o frívolas para esa denigración.

3.                                        Falta de ambivalencia. Ni el padre alienante ni el hijo encuentran cosas buenas en el progenitor alejado del hijo.

4.                                        El fenómeno del “pensador independiente”: el hijo aduce que no está influido por el padre alienante.

5.                                        Soporte reflexivo del padre alienante para la posición del hijo en el conflicto parental.

6.                                        Ausencia de sentimiento de culpa en el progenitor alienante y en el hijo por la crueldad o la explotación desarrollada sobre el padre alejado de su hijo.

7.                                        La presencia de escenarios prestados: el hijo utiliza ideas, palabras y gestos del progenitor alienante.

8.                                        Extensión de la animosidad a los amigos o a la familia extensa del padre alejado (Gardner, 1998, p. XXV).

Según Gardner, el hijo que se encuentra en esta situación tiene un vínculo primario fuerte con el progenitor alienante y teme que se rompa. Arma un mecanismo defensivo que transforma en odio el amor por su padre alejado. Se identifica con el padre alienante, a quien idealiza. Da rienda suelta a su hostilidad y se coloca y es colocado en un lugar lleno de poder. Las emociones se contagian entre el progenitor alienante y el hijo. Muchas veces, la rivalidad de género entre el padre y el hijo varón, o entre la hija mujer y la nueva compañera del padre, añaden combustible al síndrome (Gardner, 1998, cap. 4).

El progenitor alienante es en la mayor parte de los casos la madre. Es altamente probable, según Gardner, que ella esté procurando mantener a toda costa el vínculo primario que tiene con su hijo. Es posible que tenga serias dudas sobre su propia capacidad para ser madre, y las proyecte sobre el padre, mientras ella sobreprotege abiertamente al hijo. Estas dinámicas, concluye Gardner, suceden también en el caso de que los alienantes son los padres varones. E inclusive en los supuestos en que son otros parientes, tales como la abuela o (en muchos menos casos) un abuelo u otras personas como el padrastro o la madrastra.

Aunque es un aporte importante, el de Gardner puede resultar simplificador. Su valor reside en haber dado una vívida descripción de un fenómeno que no había sido antes identificado. Su descripción es particularmente útil para los casos extremos. Caracterizados por la involucración del niño mediante un discurso pseudo-independiente, la obstinación casi psicótica de la madre y esa suerte de folie a deux que se da entre los dos, no responde a los patrones comunes.

Es más. Cuando son abordados estos casos como si fueran los usuales, los procedimientos fallan. Los jueces y los abogados pueden intervenir como si se tratase de obstinados incumplimientos y no lo son, y los profesionales de la salud mental también se equivocan operando como si se tratase de los casos mencionados en los puntos 2 A y B. De ahí que luego se genere la frustración consiguiente a la impotencia. Gardner puso de relieve que son casos diferentes. En trabajos anteriores hemos recurrido a teorías psicológicas basadas en sólida evidencia empírica para explicar los fenómenos involucrados en el divorcio destructivo. Hemos pasado revista a los factores que dan sustento a la agresión y el conflicto, al fenómeno del rumor, que puede originar falsas percepciones; a la formación de actitudes y el cambio actitudinal (Albarracín, 1992). Cabe citar que son valiosos también otros aportes, como los referidos a la conducta de acatamiento, mediante la imposición gradual (Seligman, Bush & Kirsch, 1976); al prejuicio, la discriminación y el sexismo (Vander Zanden, 1984). Todas estas perspectivas ayudan a explicar las complejas interacciones destructivas. Siendo la concepción de Gardner sólo producto de una intuición clínica, su utilidad reside en que acierta con una descripción muy específica. Sin embargo, los operadores deberán tomarla con prudencia, tal como sugieren las reservas que expresamos a continuación.

La descripción que hizo y, más aún, la explicación que dio son, a nuestro juicio, demasiado simples. En primer lugar, son lineales y no contemplan a la necesaria multicausalidad y circularidad que se da en cualquier fenómeno humano. Para que ocurra esta “locura” deben concurrir muchos determinantes, y Gardner no los menciona ni los estudia.

Caratula el cuadro como un “desorden mental”, entidad que localiza en el hijo. Pero incurre en contradicciones, porque no separa claramente lo que corresponde a cada uno y la interacción entre ambos. Jamás menciona la necesaria concurrencia del padre ni las interacciones que éste comparte con la madre y con su hijo (no estamos hablando aquí, obviamente, de que el padre cometa el maltrato o abuso del que habla la madre, porque entonces no habría obstrucción inmotivada, sino de  comisiones u omisiones del padre que sostienen y refuerzan la “alienación”). No menciona tampoco Gardner los otros factores que contribuyen al problema (familia extensa, personas, profesionales e instituciones del sistema macro, etc.).

Esto nos llevan inclusive a objetar el nombre de “síndrome” que Gardner adjudicó al fenómeno, como si se tratara de un trastorno individual. 

 

3. La evaluación y el abordaje en los casos de obstaculización

 

A.    Cuando es hecha por el padre o la madre sin participación activa del hijo

 

I. La evaluación

En ocasiones el Tribunal designa profesionales para efectuar evaluaciones en casos de obstaculización del contacto entre padres e hijos. A menudo estas evaluaciones se originan en denuncias judiciales presentadas por el progenitor que convive con el hijo contra el otro, y el profesional debe dictaminar si son verdaderas o falsas.

Diversos autores destacan la necesidad de analizar el contexto en el que surgen las denuncias de violencia, descuido o abuso sexual, que son frecuentes en los divorcios destructivos. Si el contexto es fuertemente adversarial, si el que denuncia tiene hostilidad previa hacia el denunciado o si ha hecho intentos anteriores de obstaculizar las visitas, es preciso proceder con mucho cuidado antes de aplicar una medida que resulte destructiva de los vínculos familiares. Hay evidencia de que en una gran proporción de casos, la excesiva judicialización de las denuncias redunda en mayor daño para la presunta víctima que su resolución por otros medios.

         Igualmente, hay diversos hallazgos empíricos que indican que las denuncias de abuso sexual surgidas durante la convivencia de la pareja tienen mayor probabilidad de resultar veraces que las surgidas en el contexto del litigio por visitas o tenencia (Schetky & Benedek, 1985; Albarracín, 2000). La cualidad destructiva del divorcio entraña entre otros indicadores la exclusión de personas, específicamente de uno de los progenitores y sus allegados (Albarracín, Berjman y Albarracín, 1991). No debe pues tomarse ingenuamente una denuncia en tales circunstancias, dado que puede estar al servicio de obstaculizar de manera definitiva los contactos parento-filiales, cuando otros recursos han fallado.

         Las medidas solicitadas en estos casos por el denunciante, apoyadas frecuentemente por los equipos de profesionales de salud mental, consisten en suspender las visitas, hasta tanto se complete la evaluación, y a menudo la prohibición de todo contacto entre el denunciado y la presunta víctima, personal, telefónico o postal. Aun se logra la prohibición del contacto del denunciado con escuela, psicólogos y médicos. Ahora bien, no se tiene en cuenta que:

§         La evaluación, contra todas las normas del arte, suele demandar en nuestro medio meses y hasta años, y por lo general no incluye al denunciado;

§         El argumento de los equipos profesionales para recomendar la supresión de contactos es el de evitar presiones del denunciado sobre la presunta víctima, pero, inexplicablemente, se desdeñan las presiones que provienen del bando del denunciante, que pueden consistir en franco entrenamiento, amenazas, inducción de culpa en el niño y sugestivos interrogatorios de profesionales; y

§         Mientras se mantiene la suspensión de visitas, se deteriora irremediablemente la relación entre el niño y el denunciado, y se desarrolla el temor y el rechazo de tal modo que suele ser irrecuperable.

         En cualquier caso, la denuncia debe ser encarada por los profesionales con un estudio previo de los antecedentes, para luego evaluar individual e interaccionalmente al grupo familiar. Pero mientras esto ocurre, la adopción de medidas precautorias debe ponderarse en función de su costo-beneficio. Algunas alternativas como éstas deben considerarse:

§         ¿Pueden mantenerse visitas con el denunciado, asistidas o no, por un breve lapso, mientras se sustancia la evaluación?

§         ¿Conviene emplazar al niño, por un lapso breve, en un hogar transitorio, para librarlo de previsibles presiones de ambos lados?

§         ¿Pueden los equipos profesionales comprometerse a una definición a corto plazo sin sacrificar la calidad de su trabajo, e incluso mejorándola?

§         ¿Debe separarse al niño de uno o ambos progenitores por tiempo indefinido, si la gravedad del caso lo justifica? Y en tal caso,

§         ¿Conviene suspender las visitas de uno o de ambos, y por cuánto tiempo?

Como éstas, pueden formularse otras alternativas, que deben estar abiertas en la mente de los jueces y de los equipos profesionales.

 

II. El abordaje

         El modelo de abordaje terapéutico de red ha demostrado ser más eficaz que las terapias convencionales en la abreviación de los conflictos, en la disminución de síntomas de adultos y niños y en la ocurrencia de nuevos incidentes policiales y judiciales (Albarracín, Berjman y Albarracín, 1992). Tal modelo involucra a todas las personas relevantes, sin excluir a los que han sido acusados de alguna forma de violencia. Algunas de las técnicas que emplea se describen a continuación.

 

Estudio de las actuaciones judiciales y de toda otra documentación (como informes médicos, psicológicos o escolares)

Esto permite apreciar el grado de hostilidad empleada en el conflicto y la disposición de las partes a cumplir con los acuerdos y con las resoluciones del Tribunal. En muchos casos los protagonistas del conflicto no tienen noción de la repercusión que sus conductas o escritos tienen sobre la contraparte, y en otros ni siquiera recuerdan el contenido de los escritos presentados. Este análisis puede determinar que se destine la primera etapa de la intervención a la revisión de las actuaciones junto con las partes para que reflexionen sobre el grado de agresividad, exageración o falsedad de cada uno.

 

Contactos telefónicos y/o personales con los progenitores

Se establecen a fin de evaluar sus expectativas y grado de cooperación. Además, con los profesionales (letrados, psicólogos) para apreciar su objetividad y su actitud hacia el trabajo en red.

 

La evaluación del conflicto

Iniciada la intervención, se explora con cada miembro de la familia la historia familiar e individual, la historia de la pareja, los antecedentes de violencia o abuso, la dimensión del apoyo social con que cuentan los adultos, eventuales trastornos en su sexualidad, los trastornos de personalidad, la presencia de psicopatología grave, el grado de mentira o simulación , el grado de conflicto interpersonal y la habilidad parental de cada progenitor. En esta tarea se emplean con frecuencia instrumentos psicológicos específicos, preferentemente aquéllos que cuenten con métodos de valoración cuantitativos, que los ponen a salvo de la subjetividad del evaluador.

 

Reparar la trama familiar dañada

Si de la evaluación surge que se trató de una falsa denuncia, se impone reparar cuánto antes las lesiones sufridas por la estructura familiar. Cuando la interrupción de los contactos entre los hijos y el acusado ha sido prolongada, los niños suelen resistirse a verlo. Su resistencia se apoya en:

§         El temor a ser secuestrados, generalmente infundido por el denunciante;

§         El temor a la revancha del denunciado cuando han sido inducidos a mentir;

§         El temor a haber dañado sin remedio su relación con el acusado.

La iniciación inmediata de los encuentros es el mejor remedio para este tipo de “fobias”, porque permite una constatación directa de la realidad. Generalmente estos encuentros se inician en un ámbito terapéutico, pero rápidamente pueden organizarse salidas que faciliten la espontaneidad y la intimidad de la relación. El progenitor que debe encarar la reanudación de contactos con su prole es entrenado para evitar toda confrontación con los niños y para demostrar con hechos que no guarda rencor y no corren peligro.

 

Reanudar el diálogo entre los progenitores

La llave del proceso de revinculación ha demostrado ser mantener al menos un encuentro inicial entre los progenitores. Si se logra que dicho encuentro se desarrolle con respeto y un mínimo de conducta cooperativa, se convierte para los niños en la señal de que pueden retomar su relación con el progenitor alienado. No hay mejor aprendizaje que el que proporciona la exposición a un modelo de relación constructiva, que deben ofrecer los padres. Los profesionales deben ocuparse de que los niños se enteren de que tal encuentro se ha celebrado, aunque se recomienda a los padres que no les informen sobre su contenido. Sólo se les prescribe informar que de ahora en más van a mantenerse comunicados. Recursos como establecer una comunicación informativa breve entre los padres (de unos 15 minutos), con frecuencia semanal, con día y hora fijos, suelen ser una forma accesible de iniciar el diálogo entre ellos. Los niños deben saber que esto sucede, pero no escuchar tal conversación. Los temas a informar deben ser exclusivamente relacionados con los hijos. La brevedad de la comunicación pone a cubierto de que se generen controversias, y proporciona un pequeño punto de contacto no conflictivo entre los padres.

 

Proporcionarles apoyo

La revinculación requiere constante apoyo para cada progenitor por separado, porque es necesario aventar temores y corregir distorsiones que pongan en peligro el proceso. La recuperación gradual de la confianza es el objetivo principal, porque es la que asegurará la fluidez de la relación de los niños con ambas familias. El establecer pequeños compromisos y supervisar su cumplimiento es parte de este proceso de cambio cognitivo respecto del otro. Si hasta ahora se temía “lo peor” de él, debe demostrar con sus actos que puede ser confiable.

 

Mantener activa la red

Si a la vez se mantiene informados a los letrados - que incluso pueden ser convocados a algunas sesiones - y si se incluye estratégicamente a los allegados más influyentes, se asegura una estructura de sostén para el proceso, capaz de resistir la amenaza de nuevas sospechas y malentendidos. Es decisivo que dicha estructura se integre con el Tribunal, que debe recibir de parte del equipo profesional información y recomendaciones frecuentes y responder con agilidad para que se cumpla el plan. Cualquier incongruencia o vacilación de parte del Tribunal será interpretada por las partes como manifestación de dudas sobre lo que se está haciendo, y puede conducir al fracaso.

La intervención de la red debe ser promovida, naturalmente, a partir de los padres. Pero también la intervención de la familia extensa es importante. Como ejemplo, el ex marido o una persona de suma importancia en su familia (el abuelo o la abuela paterna, o algún otro) puede calmar la incertidumbre de la madre, sea respecto de su autoestima, su rol o su futuro, reconociendo a la vez sus méritos y abriendo una instancia de negociación. A veces es útil que este contacto no se realice inicialmente con la madre sino con otro miembro importante de la familia de ella, tendiendo sobre ambos negociadores un techo de protección. La organización de estos contactos puede estar a cargo de un juez, de un abogado o de un operador psicosocial.

Son útiles asimismo las intervenciones en red con amigos y parientes que gocen de la confianza y en lo posible tengan una ganada autoridad moral sobre el progenitor alienante. Muchas veces, mientras el proceso judicial se desenvuelve, las conversaciones entre los abuelos son de óptimo resultado.

Esto debe complementarse con la comprensión de cuál es la dinámica interpersonal subyacente y operar sobre ella. Si el progenitor alienante teme la presencia de la nueva mujer del padre, quizás su presencia pueda ser evitada por un tiempo. Si lo que odia es que su hijo se encuentre con su abuela paterna, tal vez sea bueno asegurarle que por un plazo esto no sucederá. Y si entre los progenitores existe alguna otra cuestión pendiente, como por ejemplo una diferencia grave en la división de los bienes, es imprescindible arreglarla porque a menudo este conflicto es la causa oculta de la inclinación a alejar al otro padre.

El juez o el abogado pueden orientar a las partes hacia este tipo de soluciones. También puede hacerlo un operador psicosocial.

 

Los adultos a cargo

Como se ve, se trata de crear una superestructura de comunicación que proteja la libertad de los niños, garantizando que en adelante serán los adultos los que resolverán los problemas y ellos podrán despreocuparse y expresar sus sentimientos sin temor.

 

Contenido de los encuentros padres-hijos

Si la evaluación inicial lo aconseja, porque no se han confirmado las denuncias, la revinculación debe encarar cuanto antes encuentros entre los hijos y ambos progenitores. Con el progenitor “alienante” – por lo general la madre - las entrevistas focalizarán en primer lugar la aclaración de “malentendidos”: si los niños le mintieron en alguna de sus versiones, será el momento de que se rectifiquen. Si la madre dio un sentido erróneo a alguno de sus dichos, podrán corregirlo. Si nunca dijeron lo que la madre dice que dijeron, y se constató previamente en una entrevista investigativa con el niño, se los interrogará en presencia de la madre, para que ésta compruebe que la versión infantil no contiene datos sobre negligencia, maltrato o abuso.

Con el progenitor alienado - generalmente el padre - los niños podrán exponer sus reclamos, que con frecuencia los hay, y sus temores (usualmente el de ser “secuestrados” o el de que tome revancha con la madre). Si existieron versiones de los niños sobre maltrato o abuso, podrán repetirlas ante el padre en un marco de protección, y analizar los hechos con tranquilidad, ya que nada tienen que temer. El padre estará preparado para aceptar la versión infantil sin desmentirla ni polemizar, pero colaborando en lograr precisiones de tiempo y lugar. Generalmente las versiones de los niños tienen un núcleo de verdad, que el padre deberá admitir, y se despejará de toda exageración o distorsión, agregada en el recuerdo de los niños a través de los años y las repeticiones (como ejemplo, citamos el de niños que afirman “nos pegabas cuando estábamos en la cuna”, cuando no tienen recuerdo de que el padre les haya puesto la mano encima en toda su vida; o el de niñas que aseguran que su padre “las tocó” en presencia de una trabajadora social que supervisaba el régimen de visitas).

 

B.    Cuando las falsas alegaciones son sostenidas también por el hijo, como actor pseudo-independiente

 

La obstaculización, como cualquier otro fenómeno humano, reconoce grados y variaciones. Pensamos que es útil clasificar los casos en leves, moderados y severos. Pero es bueno saber que en esta materia el tiempo por lo general no mejora las cosas sino que las cronifica o empeora. Así, un caso leve o moderado puede pasar a ser severo en muy poco tiempo. Esto se explica si se tiene en cuenta que ese tiempo es utilizado por el progenitor alienante para programar la cabeza del hijo, y mientras tanto el progenitor alejado puede estar sin contacto con el hijo.

 

Casos leves

Son aquéllos en que la campaña de denigración del otro padre apenas si ha comenzado y es mínima, el hijo todavía no ha hecho propia la causa del alejamiento paterno, y los lazos que lo unen a ambos progenitores son buenos y saludables. El progenitor a quien se trata de alejar todavía está en contacto con el hijo y la conducta de éste durante el tiempo en que está con ese padre es buena.

Pero hay signos de que se trata de alejarlo. La madre se está por mudar inmotivadamente a un lugar alejado, o cambia al chico a un colegio donde el padre ya no puede llevarlo, o comienza a hacer circular rumores de malestar en el hijo cuando vuelve de estar con el padre, o comienza a interrogar al hijo detenidamente sobre supuestos estados de angustia en la casa paterna, o cualquier otro mensaje verbal o no verbal de esta índole. El niño no habla mal del padre, pero comienza a estar reticente con él, proclive a mentir y a no mostrar el disfrute mientras están juntos.

Estos casos, tomados a tiempo, son de muy buen pronóstico.

Basta muchas veces con que un juez, con energía, disponga que la tenencia oficialmente la detente el progenitor alienante (por lo general la madre), salvo que haya alguna circunstancia grave que lo impida, y fije un régimen de encuentros a favor del otro progenitor. Casi siempre estas medidas bastan para tranquilizar a la madre de que el hijo no le será quitado y con ello la obstaculización desaparece para siempre (Gardner, 1998).

Por lo general en estos casos, según nuestra experiencia, no es necesaria terapia, y sí es bueno en cambio que intervenga un mediador o un juez o un abogado con sabiduría negociadora para ayudar a los padres a solucionar el tema. Son útiles las indicaciones dadas en este mismo punto sobre el trabajo en red.

 

Casos moderados

Son aquéllos en que las dificultades son más fuertes. La campaña de denigración es intensa y el niño ha comenzado a hablar pretendidamente por sí mismo. Además, cuando está con el progenitor alejado, su conducta es provocativa y antagónica, aún cuando básicamente su vínculo es bueno y saludable con ambos padres.

En estos casos la autoridad de los jueces debe ser expuesta con más energía que en los leves, ya que se corre el riesgo de que con prontitud el daño se transforme en irreparable. Así, en la mayor parte de los casos se asegurará a la madre la tenencia del hijo y sólo se fijará a favor del padre un régimen de visitas, pero los apercibimientos y sanciones para el caso de incumplimiento deben ser puestos a la vista: multas, servicios comunitarios (si se está en el fuero penal), e incluso arrestos domiciliarios o en algún establecimiento cerrado por uno o dos días, tal como lo permiten las leyes que organizan la justicia para los casos de desobediencia y falta de respeto a los jueces o a sus disposiciones (Gardner, 1998).

A la autoridad de los jueces debe sumarse un diálogo familiar bien encarado (entre los protagonistas directos del conflicto o entre parientes que tengan en la familia más autoridad que ellos) y la resolución de los otros problemas que, se sospeche, pueden originar o avivar la tendencia al alejamiento de un progenitor. Son útiles asimismo las intervenciones en red como las señaladas más arriba.

Ahora bien, si todas estas medidas llevadas en forma conjunta no dan resultado en un plazo razonablemente breve, debe considerarse que el caso es severo y tratarlo como tal.

 

Casos severos

Son aquéllos que presentan todas las características dañinas en grado superlativo. Los hijos no visitan a sus padres alejados; además hablan de ellos como si fueran adultos y con un resentimiento inmotivado. No se cuidan de lo que dicen, y lo dicen delante de cualquiera, aunque se trate de una autoridad como la judicial. El vínculo que los une al progenitor alienante es simbiótico, paranoide y a veces parece una folie a deux. Un niño puede llegar a calificar a su madre de “prostituta” delante del juez, por el solo hecho de haberse retirado del hogar. Un padre puede ser calificado de “abusador” simplemente porque el hijo dice no divertirse cuando está con él los fines de semana.

Muchas veces sucede en los casos severos que el progenitor alienante se traslada de ciudad, de jurisdicción o de país, sin dejar rastro. En ocasiones retira al niño de la escuela y los priva de educación formal o los cambia de colegio sin que se sepa a cuál.

Son muchos también los supuestos en que el progenitor alienante, ante la presión de la justicia en el sentido de que su hijo se comunique con el otro padre, o previendo dicha presión, formula contra él denuncias infundadas de maltrato o abuso sexual. A menudo con sus preguntas inductivas logra que sea el mismo niño o niña el que formule la denuncia.

Es este otro momento en que profesionales con una óptica sesgada y desconocimiento de la existencia del fenómeno pueden realizar intervenciones iatrogénicas. Creen en la denuncia del niño o de su madre y la validan (esto es, aconsejan al juez tenerla por cierta en base a ciertas pautas muy cuestionables). El resultado es que los jueces, asustados, interrumpen oficialmente el régimen de encuentros entre padre e hijo. Después de muchos meses o años, cuando se descubre que nada sucedió, ya es tarde (Cárdenas, 2000).

Son casos muy graves, por fortuna poco numerosos.

Cuanto más fantasiosas y delirantes sean las versiones que vienen sosteniendo los niños, más necesario es confrontarlos sin demora con el padre real. Como veremos, esto no se logra en tales casos sin separar previamente al niño del progenitor que viene alentándolo a sostenerlas. Cuando han desarrollado una verdadera fobia, impregnada de elementos persecutorios tales como que el padre los espía, se disfraza para seguirlos, soborna a todos los profesionales que dicen que no hubo abuso, hace brujerías y tiene poderes ilimitados para dañarlos, se impone tomar medidas enérgicas que faciliten un abordaje cognitivo-conductual que ayude a enfrentar gradualmente el objeto de la fobia. Los cambios cognitivos producidos por la percepción del padre real, producen rápidamente cambios positivos en la conducta (Beck, 1970; Kendall & Norton – Ford, 1982). Si hasta el momento el estilo de afrontamiento del problema ha sido la fuga, y el niño ha sufrido un alto grado de estrés, el desarrollo de recursos cognitivos de afrontamiento, sobre todo los basados en “centrarse en el problema” (Lazarus y Folkman, 1986) aseguran mejores resultados adaptativos.

Algunos niños producen crisis histéricas con amenazas de llevar a cabo conductas autodestructivas. Esto paraliza al Tribunal y a los profesionales, que pueden demorar el inicio de la revinculación a la espera de los hipotéticos “tiempos de los niños”. No son los niños los que deben determinar los plazos para recuperar al padre que perdieron, porque sería dejar en sus manos una decisión cuyas consecuencias no pueden predecir. Es la firme determinación de un conjunto de adultos responsables, que conoce las secuelas de la disrupción familiar, la que debe prevalecer. Si actúan con decisión, los niños se verán inmediatamente aliviados del peso que soportaban, y con sorprendente rapidez reanudarán la relación sin reparos.

Como dijimos, en los casos severos usualmente estos abordajes no puede iniciarse si antes desde el sistema legal no se toman medidas en forma rápida y firme. La tenencia debe ser adjudicada al progenitor alejado o, en caso de que esto sea imposible porque ya existe entre él y el hijo un antagonismo invencible, a otro pariente que no lo sea de parte del progenitor alienante. Si esto último también es imposible, debe buscarse una institución donde alojar al hijo. Desde que se efectúe el cambio de guarda, el niño no debe tener comunicación con el progenitor alienante y es bueno que durante un tiempo éste ignore el domicilio donde está viviendo su hijo (Gardner, 1998).

Esto parecerá duro pero es cierto. La larga e intensa experiencia de los autores de este trabajo les dan la certeza de lo que afirman. Si en un caso de obstaculización severo, con el hijo involucrado en forma pseudo-independiente, no se reacciona del modo indicado, el transcurso del tiempo irá cronificando la situación y dejando al niño en gran riesgo para su crecimiento. No existen soluciones intermedias en estos casos. En los Estados Unidos de América muchos estados han legislado que detentará la tenencia de un hijo el progenitor que más facilidades brinde al otro para que el hijo se contacte con él. De hecho, están anticipando un cambio de tenencia para un caso de obstaculización severo.

Una vez hecho el cambio de tenencia, tendrá que pasar un período razonable durante el cual, terapias mediante, la relación entre los miembros de la familia vaya cambiando. Hasta que esto se produzca, todo encuentro entre el hijo y el progenitor alienante está contraindicado. Los encuentros posteriores a la evaluación de cambio, deberán ser supervisados por un profesional idóneo con conocimiento de este tipo de casos.

Más adelante debe propenderse, obviamente, hacia un acuerdo entre las partes, para lo cual el juez, el abogado o el operador psicosocial pueden usar las sugerencias hechas en este mismo punto.

 

4. Cuando el matrato/abuso ocurrió

Aunque no es el objeto de este trabajo, cabe afirmar que, confirmado el maltrato/abuso, la reparación del daño producido por el incidente es prioridad en las recomendaciones. La víctima merece que en adelante, el perpetrador haga todo lo que esté a su alcance para reducir las consecuencias de su acción. Esto comprende seguir ocupándose de sus necesidades materiales, admitir su responsabilidad para aliviarla de culpa y vergüenza, aceptar las sanciones que se le impongan y demostrar su arrepentimiento sincero a través de diversos gestos. El abusador debe recibir información sobre las secuelas de esta experiencia infantil, y alcanzar, en lo posible, una noción de la destrucción de vínculos familiares que ocasionó. No debe permitirse que eluda su responsabilidad sobre los demás hijos, ni que minimice el daño que les causó. El perpetrador debe saber con claridad qué se espera de él, y en qué dirección progresará la reparación que debe a su familia. No es derivándolo a una terapia individual, en la que se eternice en un mea culpa improductivo, que se ayuda a la familia. Debe incorporárselo al trabajo que se realiza con la familia, aún cuando nunca se vuelvan a ver. Los niños se benefician por el mero hecho de saber que no rondará su casa o su escuela como un marginal, porque reciben noticias sobre su vida y pueden enviarle mensajes, aún los cargados de reproches.

En los casos de negligencia o abuso físico, la terapia de rehabilitación familiar evoluciona a través de una revinculación supervisada del culpable con los niños, que progresa a través de metas accesibles y pautadas. La educación de los padres y la activación de recursos de apoyo y control social son parte decisiva de este tipo de tratamiento.

En los de abuso sexual confirmado, el abusador puede mantener contactos limitados con la familia, de acuerdo a lo que ésta tolere, y mantenerse informado sobre la evolución de sus hijos. En ningún caso son la evitación y la negación los mecanismos de mejor pronóstico para las víctimas.

 

5. Conclusiones

 

a.                                         El paradigma de padres separados según el cual la madre se ocupaba casi en exclusiva de la crianza y educación del hijo y detentaba su guarda y patria potestad, y el padre aportaba los “alimentos”, cumplía con las “visitas” y “supervisaba” la tarea de la madre (familia nuclear incompleta), ha caducado por ineficaz.

b.                                        Actualmente construimos con mejores resultados un nuevo paradigma en que los dos progenitores separados son responsables de la crianza y educación del hijo (patria potestad compartida), en dos hogares diferentes que, ambos, lo son también del hijo (familia binuclear). Este paradigma encuentra una de sus más severos obstáculos en la obstrucción que un progenitor hace del acceso del otro al hijo.

c.                                         Existen falsas alegaciones que sustentan típicamente esa obstrucción, y son diferentes cuando son producidas por la madre de cuando lo son por el padre. Estas falsas alegaciones responden a una dinámica psicosocial subyacente, que también es diferente en ambos casos.

d.                                        Los operadores psicológicos y legales muchas veces ayudan a que esta obstaculización se produzca o se afirme, si no están entrenados en este tipo de fenómenos o sustentan una ideología sexista (machista o feminista) que sesga su visión.

e.                                         Dentro de los casos de obstaculización del contacto del hijo con el otro padre se encuentran aquéllos en que el hijo, sin razones valederas, colabora activa y pseudo-independientemente a evitar toda comunicación con su progenitor. Estos casos tienen características especiales que los distinguen de los demás y ocurren usualmente en el contexto de una separación destructiva.

f.                                           Los profesionales que evalúan estos casos por orden del Tribunal deben conocer ciertas características de los mismos y tener la suficiente información contextual, para no dañar con observaciones y conclusiones ingenuas.

g.                                         En cuanto a la intervención terapéutica en los casos de obstrucción de contactos parento-filiales, tanto desde la perspectiva técnica como desde la ética de los profesionales, lo indicado es contextualizar el problema, dado que la falta de información suficiente puede derivar en groseros errores de evaluación y tratamiento.

h.                                        Activar la red de personas e instituciones capaz de operar la reducción de la violencia es el abordaje que ha demostrado mayor eficacia. No es la derivación de toda la familia a tratamientos individuales la indicación correcta en estos casos, sino el abordaje de red breve, con objetivos y plazos claros.

i.                                           Las técnicas enunciadas no agotan todos los recursos a utilizar, sólo subrayan la necesidad de devolver la responsabilidad a los adultos y de reanudar sin demora los contactos interrumpidos, para prevenir daños mayores. El establecimiento de metas accesibles y comprensibles para la familia, las intervenciones de tipo educativo y las que tienden a intensificar el apoyo y el control social son recursos privilegiados en este tipo de abordaje. Sólo la familia puede reparar el daño que ha sufrido en el curso de un litigio.

j.                                           Los casos en que el hijo colabora activa y pseudo-independientemente para evitar todo contacto con uno de sus progenitores pueden ser leves, moderados o severos, y usualmente empeoran rápidamente con el transcurso del tiempo. Es importante que el diagnóstico y la intervención se hagan velozmente y con conocimiento del tema.

k.                                        El abordaje jurídico y psicosocial de estos casos difiere de acuerdo con su intensidad.

l.                                           En los casos severos la dureza de las medidas a tomar sorprende a los operadores que desconocen la existencia de estos casos como atípicos y procuran resolverlos con medidas que sólo son útiles en otro tipo de supuestos.

m.                                      Aunque no es el objeto del presente trabajo, cabe afirmar que, confirmado el maltrato/abuso, la reparación del daño producido por el incidente es también prioridad en las recomendaciones. Nunca se debe desresponsabilizar al maltratador/abusador con respecto al destino de su hijo. Debe tenderse a una revinculación progresiva y a veces limitada entre progenitor y damnificado, siempre que el menor no sea expuesto. En ningún caso son la evitación y la negación los mecanismos de mejor pronóstico para las víctimas.

 

 

Bibliografía Citada

 

Albarracín, M., Berjman, M. y Albarracín D. (1991) Proceso destructivo de exclusión en el divorcio. Bs.As., La Ley, 6 de junio.

Albarracín M., Berjman M. y Albarracín D. (1992) Intervención Ecológica en el Divorcio Destructivo. Informe Final al CONICET.

Albarracín, M. (2000) Denuncias de abuso sexual: falsedad y veracidad. Bs.As., La Ley, 12 de octubre.

Beck, A. T. (1970) Cognitive Therapy: Nature and relations to behavior therapy. Behavior Therapy, I, 184-200.

Cárdenas, Eduardo José (2000), El abuso de la denuncia de abuso, Buenos Aires, La Ley, 15 de septiembre.

Gardner, Richard A. M.D., (1998), The Parental Alienation Syndrome. A Guide por Mental Health and Legal Professionals. Second Edition. Creative Therapeutics, Inc. New Jersey, U.S.A.

Kendall, P.C. & Norton-Ford, J.D. (1982) Clinical Psychology. N.Y., John Wiley & Sons.

Lazarus, R.S. y Folkman, S.(1985) Estrés y procesos cognitivos. Madrid, Martínez Roca.

Schetky B. H. & Benedek, E. P. (1985) Emerging Issues in Child Psychiatry and Law. New York, Brunel-Mazel.

 

 



[1] Eduardo José Cárdenas fue durante veinte años juez civil en la ciudad de Buenos Aires, en los últimos diez dedicado exclusivamente a asuntos de familia. Actualmente es abogado consultor en asuntos de familia y mediador familiar. Es fundador y asesor de la Fundación Retoño, dedicada al crecimiento de los hijos de las familias en crisis.

Marta Albarracín ha sido profesora de Evaluación Psicológica y de Psicología Forense en varias universidades. Dirige dos proyectos de investigación del CONICET sobre maltrato y abuso infantil, y preside la Fundación Ecosistemas Humanos.

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[2] Comunicación personal. Según Judith Wallerstein, este síndrome (que, obvio es decirlo, no aparece sino en algunas mujeres traicionadas, no en la mayoría) no tiene cura. Judith Wallerstein es una de las principales investigadoras en materia de divorcio en Estados Unidos de América. Además de numerosísimos artículos, Judith Wallerstein es autora, junto a J.B. Kelly, de Surviving the Breakup: How Children and Parents Cope with Divorce. New York, 1980, Basic Books, Inc. Y con S. Blakeslee publicó Second Chances, New York, 1989, Ticknor & Fields.

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APADESHI